Resolucion 35

Fecha de publicación05 Febrero 2008
Fecha de disposición05 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31338

6. Retribución pactada tomando como referencia la modalidad de liquidación y el valor de retribución informado. El dato se registrará en el campo 'Sueldo' del cuadro de 'Datos Complementarios' El resto de los datos necesarios para definir el perfil de cada dependiente tomado del sistema 'Mi Simplificación' serán definidos por defecto por el sistema 'Su Declaración', como ser:

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Nº 311/2008

Bs. As., 22/1/2008

Deniégase el mantenimiento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la empresa INTER POST S.R.L. con el número SEISCIENTOS CINCO (605), conforme lo establecido en los considerandos precedentes. Intímase a INTER POST S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios postales, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3º de la Resolución Nº 007 CNCT/96. Déjase constancia que el presente acto administrativo agota la vía administrativa a los efectos de su impugnación judicial, sin perjuicio de la procedencia del recurso de alzada por ante el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. -- Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

RESOLUCIONES SINTETIZADAS 1. Situación 1- M trabajador mayor de 18 años 2. Condición 1- Activo 3. Actividad 49 (no clasificada), excepto si existiera marca de trabajador agropecuario que generará el código 97 Trabajador agropecuario 4. Código de Siniestrado 0-No incapacitado' AVISOS OFICIALES Nuevos ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO Resolución Nº 9/2008

29/1/2008

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado la Resolución ERAS Nº 9 de fecha 29/1/08, mediante la cual se rechaza el recurso directo presentado ante el ex ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), con fecha 30 de mayo de 2005, por el señor Presidente y el señor Secretario de la Cámara de Garajes y Estacionamientos --AGES-, transcribiendo a continuación los artículos:

'ARTICULO 1º -- Recházase el recurso directo presentado ante el ex ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), con fecha 30 de mayo de 2005, por el señor Presidente y el señor Secretario de la CAMARA DE GARAJES Y ESTACIONAMIENTOS --AGES-- en los términos del artículo 72 del Marco Regulatorio aprobado como Anexo I del Decreto PEN Nº 999/92 (BO 30/6/92), por improcedente.' Firma: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente.

e. 05/02/2008 Nº 570.335 v. 05/02/2008 ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO Resolución Nº 10/2008

29/1/2008

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado la Resolución ERAS Nº 10 de fecha 29/1/08, mediante la cual se aplica a Aguas Argentinas S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018.-), transcribiendo a continuación los artículos:

'ARTICULO 1º -- Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018.-) por haber facturado erróneamente al inmueble sito en la calle Alicia Moreau de Justo 740, Capital Federal, lo que trajo como consecuencia inmediata un perjuicio para la Concesión que estuviera a cargo de dicha empresa, dado que debió haber facturado a todas las unidades funcionales del inmueble referido el componente SU desde el 1º de noviembre de 1997 y el componente MA desde el 1º de diciembre de 1998, dado que constituyen obligaciones y hechos preexistentes al dictado del Decreto Nº 303/06 del PODER EJECUTIVO NACIONAL (BO 22/3/06), incurriendo así en vulneración al numeral 13.10.6, noveno supuesto del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93 (BO 20/9/93) y modificado por la Resolución Nº 601/99 de la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE (B.O. 5/8/99).

ARTICULO 2º

Intímase a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS S.A. a depositar el importe de la multa impuesta en el artículo 1º en la Tesorería del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente bajo apercibimiento de no admitirse la procedencia formal de recursos --Numeral 13.6.4 del Contrato de Concesión citado y Resolución Nº 182/95 del ex ETOSS--. En caso de mora, los intereses se calcularán conforme la normativa vigente.

ARTICULO 3º

Comuníquese a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en los términos del artículo 5º del Decreto PEN Nº 303/06 y de los numerales 14.8.2 y 14.9.4 del Contrato de Concesión.' Firma: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente.

e. 05/02/2008 Nº 570.334 v. 05/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución Nº 35/2008

Bs. As., 30/1/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0166059/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, sus Anexos I y II, y CONSIDERANDO:

Que la firma ESTANCIA LA SUSANA SOCIEDAD ANONIMA fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial instaurado por el Artículo 36 in fine de la Ley Nº 24.764 y por el Decreto Nº 494 de fecha 30 de mayo de 1997, mediante el Decreto Nº 1496 de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolución Nº 1302 de fecha 16 de octubre de 1998 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, teniendo como objeto la cría intensiva de ganado vacuno mediante pastoreo rotativo en CINCO (5) módulos de HECTAREAS DOSCIENTAS (H 200) cada uno, debiendo contar con un mínimo de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (1250) vientres a realizarse en un establecimiento de HECTAREAS CUATRO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA (H 4250) de superficie total, ubicado en el Departamento Paso de los Libres, Provincia de CORRIENTES, con una inversión total comprometida en PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($ 549.822) que corresponden a inversión en activo fijo, otorgando las franquicias dispuestas en los Artículos 2º --exención del Impuesto a las...

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