Resolución 35.211/2010
Fecha de publicación | 12 Julio 2010 |
Fecha de disposición | 12 Julio 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31941 |
Cont. Púb. ANA M. BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 12/07/2010 Nº 77416/10 v. 12/07/2010 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 35.211 DEL 5 JUL. 2010
EXPEDIENTE Nº 53.711
SINTESIS:
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
Autorizar a TESTIMONIO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. a operar en el territorio de la República, en el SEGURO DE ROBO Y/O RIESGOS SIMILARES con las Condiciones Técnico-Contractuales aprobadas con carácter general por las Resoluciones SSN Nros.9439 de fecha 08/07/1968, 18.377 de fecha 28/08/1985 y 19.357 de fechas 11/11/1987, obrantes a fs. 1 y fs. 6/44, con Formulario de Solicitud del Seguro a fs. 48/49, con el Formulario de Propuesta a fs. 50/53, con el Formulario de Denuncia del Siniestro a fs. 55/56, con la Cláusula de Cobranza del Premio a fs. 58/59, con el Anexo I Exclusiones a la Cobertura a fs. 67/70, con el Frente de Póliza a fs. 73/74 y con la Nota Técnica a fs. 5, siendo la retención máxima a asumir por la aseguradora, la suma de $ 2.700.000 (pesos dos millones setecientos mil), indicada a fs. 5.
Hacer saber a la recurrente que previo al inicio de las operaciones, deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguro que celebre.
La entidad deberá dar cumplimiento a lo normado por la Resolución Nº 27.909 de fecha 29 de diciembre de 2000.
La política de suscripción y retención de riesgos, deberá dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 30.842.
Lunes 12 de julio de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.941 33
Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial. -- GUSTAVO MEDONE, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 12/07/2010 Nº 76491/10 v. 12/07/2010 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 35.210 DEL 5 JUL. 2010
EXPEDIENTE Nº 54.153 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. GESUALDO, Andrés Esteban (matrícula Nº 66.803) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.
SINTESIS:
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 54.153.
Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. GESUALDO,
Andrés Esteban (matrícula Nº 66.803), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.
La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.
Regístrese, notifíquese al domicilio...
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