Resolución 347/2019

Fecha de publicación12 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE
Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-16644946-APN-SSTF#MTR, las Leyes N° 26.352, N° 20.705, N° 19.550 y N° 22.520; los Decretos N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015; las Resoluciones N° 263 del 16 de noviembre de 1990 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, N° 1821 del 30 de diciembre de 2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 1753 de fecha 14 de septiembre de 2015 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Nº 524 de fecha 16 de diciembre de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 dispuso la creación de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y modificatorias que le fueran aplicables, y a las normas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que por Resolución N° 263 del 16 de noviembre de 1990 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE se hizo efectiva la puesta en vigencia del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE INSCRIPTO COMO ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL EN EL MARCO DE LA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI), CONFORME A LOS MECANISMOS DEL TRATADO DE MONTEVIDEO DE 1980 (art. 1°).

Que el referido Acuerdo establece que sus términos se aplicarán al transporte internacional terrestre entre los países signatarios, tanto en transporte directo de un país a otro, como en tránsito a un tercer país (art. 1°), y que los países signatarios podrán llegar a acuerdos bilaterales o multilaterales sobre los diferentes aspectos considerados en el acuerdo y, en especial, en materia de reciprocidad en los permisos, regímenes tarifarios y otros aspectos técnico operativos (art. 14).

Que por Resolución N° 1821 del 30 de diciembre de 2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se le asignó “la operación integral del servicio ferroviario internacional de pasajeros entre la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, República Argentina y la Ciudad de Encarnación, Departamento de ltapúa, República del Paraguay, a través del Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz, conforme con los acuerdos que se firmen oportunamente con las áreas competentes de la República del Paraguay a la SOFSE con carácter...

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