Resolución 346/2021

Fecha de publicación13 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-63982212- -APN-MEG#AGP, las Leyes Nros. 22.250 (t.o. Decreto N° 438/92), 23.696 y 24.093, los Decretos Nros. 817 del 26 de mayo de 1992, 1019 del 17 de mayo de 1993, 1693 del 23 de septiembre de 1994, 1194 del 19 de julio de 1994, 2123 del 30 de noviembre de 1994 y 870 del 27 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 4 del 15 de enero de 2021, las Resoluciones Nros. 669 del 21 de junio de 1993, 710 y 711 del 6 de junio de 1994, 1058 del 1° de septiembre de 1994 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 1064 del 3 de diciembre de 2018, 256 del 3 de mayo de 2019, 65 del 19 de marzo de 2020, 120 del 20 de mayo de 2020 y 345 del 28 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1019/93 se facultó al ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a aprobar los Pliegos pertinentes y a realizar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de las Terminales Portuarias en PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES y se determinó que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO continuaría como órgano de control.

Que por la Resolución N° 669/93 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se aprobaron el Pliego de Condiciones, el Pliego Técnico General y los Pliegos Técnicos Particulares a regir en la “Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de las Terminales de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES N° 6/93”.

Que por las Resoluciones Nros. 710/94, 711/94 y 1058/94 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se adjudicaron las Terminales Nros. 3, 4 y 1 y 2 en forma conjunta, respectivamente.

Que, en virtud de ello, el 1° de septiembre de 1994, el 6 de junio de 1994 y el 27 de octubre de 1994, el entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS suscribió los Contratos de Concesión correspondientes a las Terminales Nros. 1 y 2, 3 y 4, respectivamente, ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, los cuales fueron aprobados por los Decretos Nros. 1693/94, 1194/94 y 2123/94.

Que, por su parte, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13/15, se modificó la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y se creó el MINISTERIO DE TRANSPORTE, órgano continuador del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS en la materia, con competencia en todo lo inherente al transporte fluvial y marítimo y, en particular, para ejercer...

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