Resolución 346/2020

Fecha de publicación08 Julio 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2020

VISTO el EX-2019-80134900- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el orden N° 3, páginas 3/11 del IF- 2019-80193335-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-80134900- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre F.O.E.T.R.A SINDICATO BUENOS AIRES por la parte sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 676/13.

Que a través del referido acuerdo las partes convienen la metodología de aplicación del acuerdo salarial de la actividad, del período de Julio 2019 hasta Junio 2020, a los nuevos Grupos Laborales y/o categorías específicas, conforme los lineamientos allí consignados.

Que los agentes negociales han acreditado sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019 -75 -APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 3, páginas 3/11 del IF-2019-80193335-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-80134900- -APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre F.O.E.T.R.A SINDICATO BUENOS AIRES por la parte sindical y...

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