Resolución 3430/2015

Fecha de disposición17 Julio 2015
Fecha de publicación31 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33183



ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3430/2015Bs. As., 17/07/2015

VISTO el Expediente ENARGAS N° 25244, la Ley N° 24.076, el Decreto N° 1738/92, las Reglas Básicas de la Licencia, el Reglamento del Servicio, las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 e I/910/09, y

CONSIDERANDO:

Que el expediente se inició con una presentación ingresada a este Organismo con fecha 10 de septiembre de 2014, por la firma BUENOS AIRES GAS S.A. (en adelante BAGSA) por medio de la cual solicitó que se le autorizara el inicio de la obra “PROVISIÓN DE GAS NATURAL EN LA LOCALIDAD DE POLVAREDAS DEL PARTIDO DE SALADILLO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, como así también su operación y mantenimiento en carácter de Subdistribuidor.

Que en la mencionada presentación, BAGSA acompañó un anexo documental integrado por los requisitos exigidos por las Resoluciones ENARGAS N° I/910/09 y N° 35/93.

Que BAGSA, informó que la presente obra se trataba de un proyecto para proveer de gas natural por red a los habitantes de la Localidad de Polvaredas, Partido de Saladillo.

Que el emprendimiento prevé la distribución de gas natural a una presión de 1,5 bar para alimentar a doscientas setenta y cuatro parcelas (274) sobre la red de distribución a construir, dentro de las cuales existen doscientas catorce (214) viviendas (usuarios potenciales).

Que la operación y mantenimiento del ramal que conectará la estación Reguladora de Presión y Medición (ERPM) al gasoducto Neuba I, la llevará a cabo la empresa Transportadora de Gas del Sur S.A. (en adelante TGS).

Que es dable destacar que, el ramal precedentemente descripto será construido por BAGSA, atento que constituye parte del proyecto integral de la obra de marras.

Que asimismo prevé la instalación de una Estación Reguladora de Presión y Medición con una presión de entrada 60/30 bar, regulada 3 bar y caudal de diseño 717Sm3/h.

Que el proyecto integral de la red asumido se desarrolló tomando como base el plano catastral de Polvaredas, previéndose la instalación de 21.900 metros de cañería de PE de diversos diámetros y la colocación de 3 válvulas de bloqueo de red.

Que en una primera etapa de construcción de red, se procederá a instalar 14.650 metros de cañería (66,89% del total previsto para la localidad) y a colocar 3 válvulas de bloqueo de red.

Que por otra parte, de la información relevada de los inmuebles alcanzados por las obras en esta primera etapa, BAGSA indicó que el número de usuarios que se estimaba alimentar con las redes de distribución en la mencionada etapa, serían 203 “residenciales” y 11 “comerciales”.

Que en esta primera etapa, se ha estimado un consumo mensual promedio de 104 m3 para cada uno de los usuarios residenciales, mientras que para los comerciales se consideró un consumo diario promedio en el mes de máxima para cada uno de 21 m3.

Que BAGSA manifestó que el plazo de ejecución de las obras correspondientes a la primera etapa sería de 9 meses y que el inicio de las mismas operaría a los 90 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de notificación de la correspondiente autorización emitida por el ENARGAS.

Que BAGSA expresó que esa empresa, la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires son las entidades patrocinantes del proyecto.

Que continuó explicando que los usuarios beneficiados contemplados dentro de la localidad del presente proyecto, no afrontarán ningún costo por el repago de las obras a construirse, indicando que la erogación total de las inversiones estarían a cargo de la Provincia de Buenos Aires.

Que en lo que respecta al cumplimiento del Anexo II de la Resolución ENARGAS N° I/910/09, BAGSA adjuntó copia de la nota de solicitud de exención de Publicación y Apertura del Registro de Oposición, suscripta por el Presidente de dicha sociedad, en la cual indica que dicha obra integra un grupo de localidades aprobadas por la Comisión Bicameral del “Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial” (PROFIDE) de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, las cuales serán realizadas con aportes no reembolsables por la Provincia de Buenos Aires (Decreto N° 234/14) sin que se prevea el recupero de la inversión efectuada a los futuros usuarios.

Que corre agregada al expediente la copia del citado Decreto N° 234/14, en cuyo Anexo se incluye la obra de marras.

Que con fecha 03/11/14 se cursó a la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A. (en adelante, PAMPEANA) la Nota ENRG/GCEX/GAL N° 13533/14 concediendo vista de las actuaciones por el término de diez (10) días hábiles.

Que asimismo, mediante Nota ENRG/GCEX/GAL N° 13534 de fecha 03/11/14 se otorgó vista de las actuaciones a TGS por el mismo término ut supra citado, teniendo en cuenta que —de conformidad con lo expresado por BAGSA— dicha Licenciataria ejercería la operación y mantenimiento del ramal.

Que la Distribuidora dio respuesta a la vista precedentemente mencionada mediante presentación ingresada a este Organismo con fecha 07/11/14, y adjuntó copia de la nota enviada a BAGSA con las indicaciones técnicas necesarias para avanzar con la aprobación de los planos. Asimismo, en el mismo acto, expresó no tener previsto en los próximos doce meses realizar inversiones necesarias para la provisión con gas natural a la localidad de Polvaredas.

Que mediante presentación de fecha 11/11/14, BAGSA acompañó copia de la nota y plano aprobado por la empresa TGS.

Que asimismo, obra en el expediente la respuesta de TGS ingresada a este Organismo con fecha 18/11/14 por la que se informa que, efectivamente, el ramal de conexión en alta presión será operado por dicha Licenciataria. Por otra parte, adjuntó copia de la Nota cursada a BAGSA con el detalle de las especificaciones técnicas de las instalaciones a construir.

Que en fecha 03/12/2014 ingresó presentación de BAGSA remitiendo una nota por la que subsana un error involuntario respecto de la misiva por la que solicita la exención de publicación acompañada a la presentación de inicio.

Que con fechas 21/01/15 y 17/04/15 BAGSA adjuntó los planos aprobados por PAMPEANA.

Que por otra parte, por NOTA BAG/TyP N° 143/15 ingresada a este Organismo con fecha 03/03/15, BAGSA presentó la documentación ambiental correspondiente a la obra de marras.

Que es así que, mediante Informe Técnico GD/GT N° 182/15 de fecha 21/04/15, las Gerencias de Distribución y de Transmisión expresaron que desde el punto de vista técnico, el solicitante ha cumplimentado los requisitos técnicos establecidos en la Resolución ENARGAS N° I/910/09, por lo que esas Gerencias manifestaron no tener objeciones que formular para que sea autorizada la ejecución del emprendimiento que nos ocupa.

Que a su vez, dejaron expresa constancia que la autorización aludida comprende solamente a la ejecución de las obras descriptas...

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