Resolución 343/2020

Fecha de publicación07 Julio 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2020

VISTO el EX-2019-91810534- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 3 del IF-2019-91829010-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-91810534- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS MOSAISTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL MOSAICO Y AFINES, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente se pactan las condiciones de otorgamiento de la asignación prevista en el Decreto Nº 665/19, dentro de los términos y lineamientos estipulados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 650/12.

Que en relación a la suma adicional pactada, corresponde hacer saber a las partes que el carácter de la misma queda encuadrado en las previsiones del artículo 103 de la LCT.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo, se corresponde con la representatividad de las partes firmantes del mismo.

Que las partes tienen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75 APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS MOSAISTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CÁMARA DE LA...

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