Resolución Nº 1665/2011

Fecha de disposición11 Noviembre 2011
Fecha de publicación26 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 11/11/2011

VISTO el Expediente Nº 1.389.187/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1865 del 2 de diciembre de 2010 y Nº 1312 del 6 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.389.187/10 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 855/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1312/11 y registrado bajo el Nº 1436/11, conforme surge de fojas 64/66 y 69, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 77/82, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1865 del 2 de diciembre de 2010 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de mayo de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 31/10, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1876 del 30 de diciembre de 2009.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1436/11 han establecido los nuevos valores de las escalas...

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