Resolucion 340

Fecha de publicación03 Abril 2008
Fecha de disposición03 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31376

PARA CUALQUIERA DE LAS CATEGORIAS Personal jornalizado no más 18 horas [según ART. 7 INC. p] $ 15.63 p/hora Suplente con horario por día 73.00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina 3.00

Clasificación de residuos 4.00

Valor vivienda 11.00

Plus por antigüedad - por año Artículo 11º 2% Plus limpieza de cocheras 41.00

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades 61.00

Plus Jardín 41.00

Título Encargado Integral de Edificio 7% MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 340/2008

Registro Nº 226/2008

Bs. As., 28/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.262.079/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/5 del Expediente Nº 1.262.079/08 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R. Y H.) y la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, ratificado a foja 6, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo, las precitadas partes convienen nuevas escalas salariales para el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 390/04 y acuerdan como Adicional Especial, por única vez, el pago de una suma no remunerativa equivalente a TRESCIENTOS PESOS ($ 300.-).

Que asimismo, modifican el Artículo 11 del referido Convenio, respecto a la Bonificación por Antigüedad, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que corresponde indicar asimismo, que las sumas extraordinarias acordadas en el párrafo cuarto del inciso e) del presente Acuerdo no serán tomadas como base para la futura discusión salarial.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 390/04 fue suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R. Y H.), la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL y la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE BIENES RAICES.

Que atento a lo resuelto en la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1358 de fecha 9 de noviembre de 2007, cuya copia se encuentra glosada a fojas 13/15 de autos, procede la homologación de acuerdo sin la participación de la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE BIENES RAICES.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado, conforme surge de lo informado a foja 16 de autos, y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R. Y H.) y la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, obrante a fojas 1/5 del Expediente Nº 1.262.079/08, ratificado a foja 6, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de...

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