Resolución 34.902/2010

Fecha de disposición17 Marzo 2010
Fecha de publicación17 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31866

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. en relación con el tema de la referencia para hacerles conocer en anexo las volatilidades diarias y zonas que corresponden a los títulos públicos, instrumentos de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina y acciones del panel 'MERVAL', a los efectos de calcular durante marzo de 2010 la exigencia diaria de capital mínimo en función del valor a riesgo de las posiciones que se determinen para tales activos, conforme a la metodología a que se refiere el punto 6.2. de la Sección 6., de las normas sobre 'Capitales mínimos de las entidades financieras'.

Asimismo, conforme a lo establecido en el punto 6.5.6.4. de la Sección 6., les informamos que la volatilidad que se utilizará durante marzo de 2010 para el cálculo del valor a riesgo de la posición en dólares estadounidenses es igual a 0,0025.

Además, les informamos que la tasa a aplicar en febrero de 2010 a los efectos de ajustar los flujos futuros de fondos de activos y pasivos actualizables por 'CER' en la determinación del 'VANaj rp ', conforme a la metodología a que se refiere el punto 5.1. de la Sección 5. de las normas sobre 'Capitales mínimos de las entidades financieras', es de 8,9% anual.

En otro orden, atento lo dispuesto en el punto 2.5.5.1.de la Sección 2.de las normas sobre'Depósitos e inversiones a plazo', se indican en Anexo los títulos públicos nacionales elegibles para marzo de 2010 a los efectos de determinar el rendimiento en las inversiones a plazo con retribución variable.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ANA M. DENTONE, Subgerente de Emisión de Normas. -- DARIO C. STEFANELLI, Gerente de Emisión de Normas ANEXO B.C.R.A. EXIGENCIAS DE CAPITAL MINIMO POR RIESGO DE MERCADO:

VOLATILIDADES. INVERSIONES A PLAZO CON RETRIBUCION VARIABLE: TITULOS PUBLICOS NACIONALES ELEGIBLES MARZO 2010

Anexo a la Com. 'B' 9769 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ANEXO A EXENCION DE INGRESO DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA SUJETOS QUE DESARROLLAN SU PRINCIPAL ACTIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL, AGROPECUARIA, FORESTAL Y/O DE SERVICIOS EN ZONAS DECLARADAS DE DESASTRE EN EL MARCO DE LA LEY Nº 24.959

DECRETO Nº 1386/01 - RESOLUCION GENERAL Nº 1482/03

C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRES,

DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL VIGENCIA DESDE HASTA 30710803168 AGROPECUARIA EL CARBON S.A.

01/01/09 31/12/09

Cont. Púb. CARLOS ALBERTO SANCHEZ, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, Dirección General Impositiva.

e. 17/03/2010 Nº 27166/10 v. 17/03/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS SecitaaCREACIONESDELSURS.R.L.,C.U.I.T.30-70085011-7,aquienseleimputalainfracción prevista en el art. 970 del C.A., para que en el plazo de diez días comparezca en la actuación 12195130-2005 a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta dependencia en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004 del C.A.) y

b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.). Asimismo, se le hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación conforme los arts. 1030 y ss. del C.A.; b) si plantea cuestiones jurídicas deberá hacerlo con patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.), c) si efectúa el pago voluntario de la multa mínima que asciende a $114.636,93 (Pesos ciento catorce mil seiscientos treinta y seis con 93/100) dentro del plazo para contestar la vista se declarará extinguida la acción y no se registrará...

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