Resolución 34/2015

Fecha de disposición11 Marzo 2015
Fecha de publicación16 Marzo 2015
SecciónResoluciones
Número de Gaceta33090



Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas

HIDROCARBUROS

Resolución 34/2015

Ley N° 27.008. Facultades previstas Artículos N° 23 y N° 24. Excepción.

Bs. As., 11/3/2015

VISTO el Expediente S01:0034715/2015 del Registro del MINISTERIO ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.741 y 27.008, sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° de la Ley N° 26.741 declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la REPÚBLICA ARGENTINA el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como su exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones.

Que mediante el Artículo 3° de la norma referida en el considerando anterior se definieron los principios de la política hidrocarburífera de la REPÚBLICA ARGENTINA, encontrándose, entre otros, (i) la promoción del empleo de los hidrocarburos y sus derivados como factor de desarrollo e incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y de las provincias y regiones; (ii) la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo; (iii) protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos.

Que a través del dictado del Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 ha sido aprobado el “Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera de la REPÚBLICA ARGENTINA”.

Que mediante el Artículo 2° del citado reglamento se creó la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, estableciéndose como uno de sus objetivos primarios asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables, compatibles con el sostenimiento de la competitividad de la economía local, la rentabilidad de todas las ramas de la producción y los derechos de usuarios y consumidores.

Que con fecha 30 de octubre de 2014 se sancionó la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional N° 27.008, aplicable...

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