Resolución 3459/2011

Fecha de disposición15 Diciembre 2011
Fecha de publicación19 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 15/12/2011

VISTO el Expediente Nº S02:0003587/2011 registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, la Ley Nº 17.671, sus modificatorias y concordantes, su similar Nº 26.413, el Decreto Nº 1501/2009, su similar Nº 261/2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Documento Nacional de Identidad expedido por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, es obligatorio en todas las circunstancias en que sea necesario acreditar la identidad de las personas de existencia visible, sin que pueda ser suplido por ningún otro documento de identidad, cualquiera fuere su naturaleza y origen.

Que conforme los Artículos 7º y 9º de la norma precitada, la identificación se llevará a cabo a partir del nacimiento de toda persona de existencia visible, probándose mediante la inscripción de nacimiento, de concordancia a las disposiciones del Código Civil Argentino y la Ley Nº 26.413.

Que desde la implementación de la Ley Nº 17.671, se incluye en la partida de nacimiento de toda persona nacida en la República Argentina el número de Documento Nacional de Identidad, individualizando unívocamente los datos filiatorios, conforme lo previsto en la normativa identificatoria.

Que mediante el Decreto Nº 1501/2009 se autorizó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a la utilización de tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.

Que el citado Decreto facultó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a emitir ejemplares del Documento Nacional de Identidad con formato de tarjeta monolítica, conteniendo los datos biográficos y biométricos necesarios y suficientes que garantizan el pleno valor identificatorio en todos los actos públicos y privados en los términos de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, a excepción de la emisión del sufragio.

Que en la actualidad, al momento de la inscripción del nacimiento de un menor se le hace entrega de un Documento Nacional de Identidad en formato de libreta, completado íntegramente en forma manual, sin ningún tipo de dato biométrico.

Que la modernización tecnológica de la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS juntamente con la implementación del reciente SISTEMA FEDERAL DE IDENTIFICACION...

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