Resolución 72/2011
Fecha de disposición | 02 Diciembre 2011 |
Fecha de publicación | 12 Diciembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 2/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.428.195/11 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución C.N.T.R. Nº 63/75 se establecieron las condiciones generales de trabajo para el personal que se desempeña en las tareas vinculadas a la implantación y mantenimiento de bosques artificiales.
Que mediante el Acta Nº 286 de fecha 10 de agosto de 2011, la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9 elevó a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (C.N.T.A.) un acuerdo con nuevas condiciones de trabajo y esquema de incremento de las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de IMPLANTACION, MANTENIMIENTO Y PRODUCCION DE BOSQUES NATIVOS E IMPLANTADOS, en el ámbito de la provincia de MISIONES y los Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la provincia de CORRIENTES.
Que analizados los antecedentes respectivos, las representaciones sectoriales han coincidido en cuanto a la pertinencia de establecer nuevas condiciones generales de trabajo para los trabajadores de la actividad, y asimismo determinar un esquema porcentual con relación al incremento de las remuneraciones, razón por la cual debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario Nº 563 del 24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.
Por ello,
COMISION NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
— Establécese las condiciones generales de trabajo y el esquema de incremento de la remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de IMPLANTACION, MANTENIMIENTO Y PRODUCCION DE BOSQUES NATIVOS E IMPLANTADOS, en el ámbito de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9, en jurisdicción de la provincia de MISIONES y los Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la provincia de CORRIENTES, que se consignan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Julieta Barry. — Mario Burgueño Hoesse. — Abel F. Guerrieri. — Guillermo Giannasi. — Jorge Herrera. — Ramón Ayala.
ANEXO I
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LAS TAREAS DE IMPLANTACION, MANTENIMIENTO Y PRODUCCION DE BOSQUE NATIVOS E...
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