Resolución Nº 95/2011

EmisorFondo Transformacion Dir. Ejecutiva
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2011

RESOLUCIÓN Nº 95/2011

Mendoza, 11 de noviembre de 2011

Visto La pieza administrativa Nº 2315-F-09, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 6.071 (t.o.) y sus modificatorias, establece que la Autoridad de Aplicación destinará el Fondo de Financiamiento de Inversiones Privadas, entre otros destinos, a financiar los proyectos de inversión privada previstos en el Artículo 4º y a promover el desarrollo de los Sectores Económico de la Provincia, todo ello con los alcances de su Artículo 10º, inciso b);

Que la Resolución Nº 10/2005 de esta Administradora, aprueba el Reglamento de Condiciones Generales, a fin de lograr una mejor comprensión por parte de los postulantes de las condiciones del financiamiento, como así también una mayor fluidez en el manejo interno de información en las distintas áreas de análisis;

Que a los fines de satisfacer nuevas demandas de los sectores económicos ya atendidos, relativas a la actualización de los montos financiados en inversiones en activos fijos resulta conveniente el aumento de los montos máximos a financiar a través de línea de crédito antes mencionada;

Que, asimismo, este Cuerpo Colegiado ha ido fijando en la reglamentación de nuevas líneas de crédito la incorporación de nueva documentación contable en la presentación de las propuestas de financiamiento, todo ello a fin de facilitar a los analistas patrimoniales ampliar el alcance de su evaluación;

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Deróguese la Resolución Nº 6/2011 de la Administradora Provincial del Fondo.

Artículo 4º

Dispóngase la incorporación del Anexo C - Instructivo para presentación de información Contable en el Reglamento de Condiciones Particulares aprobado en el Artículo 1º y conforme al modelo aprobado en la Resolución Nº 76/2011 - Aprobación de la Línea de Crédito destinada a financiar Emprendimientos Ganaderos emitida por la Administradora Provincial del Fondo.

Artículo 5º

Instrúyese al Director Ejecutivo a adecuar y reemplazar las hojas pertinentes del Reglamento de Condiciones Particulares de la línea aprobada por la Resolución Nº 117/2009, en función de lo establecido en los artículos anteriores.

Artículo 6º

Instruyese al Director Ejecutivo a aplicar las modificaciones dispuestas por la presente a aquellos postulantes cuyas solicitudes de créditos se presenten a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 7º

Notifíquese, publíquese y archívese.

Adrián H. Cerroni

Raul Mercau

_____

ANEXO

5- Componente Financiable -

Monto a Financiar - Aporte Propio

Se admitirá como...

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