Resolución 335/2019

Fecha de publicación14 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2019

VISTO el expediente EX-2018-11802280-APN-DDYME#MEM, las leyes 24.065 y 27.467, el decreto 1398 del 6 de agosto de 1992, la resolución 154 del 26 de abril de 2018 del ex Ministerio de Energía y Minería y el informe PV-2018-34288969-APN-SCPE#MEN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 57 de la ley 24.065 dispone que el Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) será dirigido y administrado por un directorio integrado por cinco miembros, de los cuales uno será su presidente, otro su vicepresidente y los restantes vocales.

Que el artículo 58 del mismo cuerpo normativo establece que los miembros del Directorio del ENRE serán seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y profesionales en la materia, designados por el Poder Ejecutivo Nacional, y que su mandato durará cinco años, pudiendo ser renovado en forma indefinida.

Que el artículo citado establece, asimismo, que los miembros del Directorio del ENRE cesarán en sus mandatos en forma escalonada cada año.

Que mediante la resolución 154 del 26 de abril de 2018 del ex Ministerio de Energía y Minería se procedió al llamado a concurso abierto de antecedentes para la designación del cargo de vocal primero del Directorio del ENRE, que se encontraba vacante, el cual tramitó en el ámbito de la entonces Secretaría de Coordinación de Política Energética del mencionado ministerio.

Que los antecedentes presentados por los postulantes al referido concurso fueron elevados al Comité de Selección mediante nota NO-2018-24791621-APN-DNPE#MEM, el que realizó su análisis y evaluación mediante el informe pertinente (IF-2018-33577609-APN-SCPE#MEN).

Que, posteriormente, mediante el informe PV-2018-34288969-APN-SCPE#MEN, el ex Secretario de Coordinación de Política Energética consideró que los concursantes que integraban la terna elevada para cubrir el cargo vacante no reunían el perfil requerido para ocuparlo, dado que ninguno de ellos revestía la condición de “Candidato Elegible” en los términos del artículo 58 del anexo I al decreto 1398 del 6 de agosto de 1992.

Que, con posterioridad, mediante el artículo 124 de la ley 27.467 se instruyó al Poder Ejecutivo Nacional a impulsar los actos que fueran necesarios para que, a partir del 1° de enero de 2019, las distribuidoras eléctricas Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte Sociedad Anónima (Edenor) y Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (Edesur) pasen a estar sujetas a la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires y de...

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