Resolución 332/2020
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA |
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020
VISTO el EX-2020-84225378- -APN-DNPDP#AAIP, las Leyes N° 25.326, N° 26.951 y N° 27.275, el Decreto N° 1558 del 29 de noviembre de 2001, modificado por Decreto N° 1160 del 11 de agosto de 2010, el Decreto N° 746 del 25 de septiembre de 2017, el Decreto N° 899 del 3 de noviembre de 2017 y las Disposiciones N° 39 del 5 de agosto de 2015 y N° 55 del 25 de octubre de 2016 de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 19 de Ley N° 27.275 se creó la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA como ente autárquico con autonomía funcional, en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 746 del 25 de septiembre de 2017 se sustituyó el artículo 19 de la Ley N° 27.275, atribuyendo a la referida Agencia la facultad de actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326, e incorporó al artículo 24 como inciso t) de la misma ley, la competencia de fiscalizar la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, y el acceso a la información que sobre las mismas se registre.
Que el Decreto N° 899 del 3 de noviembre de 2017 reordenó el plexo regulatorio vigente en relación a las competencias asignadas y de conformidad con los términos del artículo 19 de la Ley N° 27.275, sustituido por el artículo 11 del Decreto N° 746/17, atribuyó a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA el ejercicio de la función de órgano de control de la Ley N° 25.326, que hasta entonces detentaba la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que el Decreto N° 899/17 dispuso, en su artículo 2, que toda referencia normativa a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, su competencia o sus autoridades se considerará referida a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
Que, en particular, la Ley N° 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean estos públicos o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como...
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