Resolución 332/2020

Fecha de publicación28 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2020

VISTO el Expediente EX-2020-53090344-APN-DGRRHH#MSG, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y modificatorio, 132 del 10 de febrero de 2020 y modificatorio y 328 del 31 de marzo de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 494 del 6 de junio de 2019, 501 del 10 de junio de 2019, 668 y 673 del 13 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el VISTO tramitan las prórrogas de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de la jurisdicción.

Que por razones de índole operativa, no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 132/20 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, con excepción de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Servicio Penitenciario Federal, las Universidades Nacionales y las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido el personal civil de las citadas fuerzas, no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza que afecten fuentes de financiamiento presupuestarias hasta el 31 de diciembre de 2020, quedando exceptuadas de dicha prohibición, las designaciones y contrataciones de personal que cuente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Que, asimismo, y conforme al artículo 2º del citado Decreto, quedan exceptuadas de lo establecido en el mencionado artículo 1º y en el mismo ámbito de aplicación, entre otros, las prórrogas de las designaciones transitorias.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 328/20 se autorizó a los/as Ministros/as, a los/as Secretarios/as de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus...

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