Resolución 66/2011
Fecha de disposición | 24 Octubre 2011 |
Fecha de publicación | 09 Noviembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 24/10/2011
VISTO el expediente Nº 1.428.195/11 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acta Nº 287 de fecha 7 de septiembre de 2011, la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9 elevó a la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO un acuerdo de incremento en las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la Actividad TEALERA, con ámbito de aplicación en la Provincia de MISIONES y los Departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé del norte de la Provincia de CORRIENTES.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la actividad, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario Nº 563 del 24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
— Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal permanente y no permanente que se desempeña en la actividad TEALERA, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9, para la provincia de MISIONES y la parte de los Departamentos Santo Tomé e ltuzaingó de la provincia de CORRIENTES situada al este del Río Aguapey y hasta su confluencia con la Zanja Garapé y al este de ésta, conforme se consigna en los Anexos I, II y III de la presente resolución.
— Las remuneraciones que la presente aprueba tendrán vigencia a partir del 1º de octubre de 2011, del 1º de diciembre de 2011 y del 1º de febrero de 2012, conforme consta en los Anexos que forman parte integrante de la presente resolución.
— Se establece un premio por puntualidad y asistencia perfecta consistente en una suma fija de carácter no remunerativo de medio jornal por quincena conforme al valor establecido para cada categoría.
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Julieta Barry. — Mario Burgueño Hoesse. — Abel F. Guerrieri. — Guillermo Giannasi. — Jorge Herrera. — Ramón Ayala.
ANEXO I
REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL OCUPADO EN LA ACTIVIDAD TEALERA
VIGENCIA: 1º de octubre 2011.
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- TAREAS DE CAMPO - TRABAJOS CULTURALES EN...
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