Resolución 3306-E.

Fecha de disposición12 Mayo 2017
Fecha de publicación12 Mayo 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3306-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2017

VISTO el Expediente Nº 504/1995, del Registro de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 9.294 de fecha 19 de diciembre de 2016, dictada por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, se declaro la caducidad de la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y del Registro del Servicio de Valor Agregado, a la Empresa RED VIRTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que se ha advertido que en los considerandos del citado Acto se consignó erróneamente la fecha de la resolución por la cual se otorgó oportunamente la licencia a la Empresa RED VIRTUAL S. A. y, tanto en los considerandos como en el articulado, fue redactado equívocamente el número de C.U.I.T. de la misma.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/1972 T.O. 1991, dispone que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión, correspondiendo en...

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