Resolución 33. RESOL-2019-33-APN-SGE#MHA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2019

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 33/2019

RESOL-2019-33-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2019

Visto el expediente EX-2017-30619187-APN-DDYME#MEM, las leyes 17.319, 23.968 y 26.659, el decreto 202 del 21 de marzo de 2017 y la resolución 197 del 15 de mayo de 2018 del ex Ministerio de Energía y Minería (RESOL-2018-197-APN-MEM), y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 14 y 15 de la ley 17.319 establecen la posibilidad de realizar trabajos de reconocimiento superficial en búsqueda de hidrocarburos en el territorio de la República Argentina con la autorización previa de la autoridad de aplicación.

Que la ley 26.659 establece que la actividad de exploración de hidrocarburos en la plataforma continental argentina sólo podrá realizarse observando las condiciones establecidas por la normativa vigente.

Que mediante la resolución 197 del 15 de mayo de 2018 del ex Ministerio de Energía y Minería (RESOL-2018-197-APN-MEM) se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Reconocimiento Superficial en el Ámbito Costa Afuera Nacional.

Que de acuerdo al artículo 18 del citado Reglamento, los permisos de reconocimiento superficial comprenden las actividades de geología de superficie, sísmica de refracción y reflexión, gravimetría, magnetometría, operaciones geoeléctricas y geoquímicas, trabajos topográficos y geodésicos, topografía aérea y aeromagnetometría, así como cualesquiera de otras actividades que pudieren contribuir a determinar condiciones del subsuelo favorables para la acumulación de hidrocarburos.

Que el Reglamento establece los requisitos legales, de solvencia económico-financiera y de capacidad técnica que deben cumplir las empresas que pretenden obtener un permiso de reconocimiento superficial.

Que el...

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