Resolución 33.799/2009

Fecha de publicación02 Marzo 2009
Fecha de disposición02 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31605
ARTICULO 2º

Impútese el gasto a la partida del presupuesto en el ejercicio en vigor, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 3º

Regístrese, dése, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y en la página web del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales. Notifíquese a la firma adjudicataria y a las firmas participantes de la Licitación. Pase a la Gerencia de Administración para la prosecución del trámite y demás efectos. Cumplido, archívese. -- LILIANA MAZURE, Presidenta del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 02/03/2009 Nº 13156/09 v. 02/03/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION Resolución Nº 33.788/2009

Bs. As., 17/2/2009

VISTO el expediente Nº 51.733 del Registro de SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y lo dispuesto por los artículos , 20º y 21º de la Ley 22.400, respecto de la inscripción de sociedades de productores asesores de seguros en el registro pertinente y;

CONSIDERANDO:

Que se han presentado en este Organismo nuevas sociedades solicitando la inscripción respectiva.

Que hallándose las aludidas en condiciones de ser incorporadas, procede autorizar sus inscripciones en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 67 inciso b) de la Ley 20.091, corresponde actuar en consecuencia.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en el territorio nacional y en todas las ramas del seguro, a las personas jurídicas que se detallan en el ANEXO I de la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en contratos de seguros, únicamente en centros urbanos menores a 200.000 habitantes y en todas las ramas del seguro, a la persona jurídica que se detalla en el ANEXO II de la presente Resolución.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. -- GUSTAVO MEDONE, Superintendente de Seguros.

NOTA: Los Anexos no se publican, la documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar en el stand de atención al público de la Superintendencia de Seguros de la Nación sito en Av. Julio A. Roca 721 P.B. Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la página web:

www.ssn.gov.ar.

e. 02/03/2009 Nº 13054/09 v. 02/03/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION Resolución Nº 33.791/2009 del 17/FEB/2009

Expediente Nº 51490 - Cooperativa de Seguros Luz y Fuerza Limitada S/ Presentación Tardía de...

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