Resolución 329/2021

Fecha de publicación13 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL


Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-80063400-APN-ANAC#MTR, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 554 de fecha 6 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como Organismo descentralizado actualmente en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE con el carácter de Autoridad Aeronáutica Nacional y con las funciones y competencias establecidas en el CÓDIGO AERONÁUTICO, los Tratados y Acuerdos Internacionales, leyes, decretos y disposiciones que regulan la aeronáutica civil en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 2° del Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 estatuye que la ANAC tendrá a su cargo realizar las acciones concernientes a la Autoridad Aeronáutica derivadas del CÓDIGO AERONÁUTICO, las Regulaciones Aeronáuticas, Convenios y Acuerdos Internacionales, Reglamento del Aire y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales.

Que las normas antes citadas tuvieron como propósito la creación de un único organismo con competencia sobre la Aviación Civil en la REPÚBLICA ARGENTINA, de conformidad con las recomendaciones efectuadas por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) a este respecto.

Que, en este sentido, la ANAC, interviene en el dictado de la normativa necesaria para la prestación de los Servicios de Navegación Aérea, velando por su calidad y porque los mismos sean cumplidos en forma eficiente y segura, mediante la fiscalización, el contralor y administración de la actividad Aeronáutica Civil.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA) de la ANAC, tiene la responsabilidad primaria de regular e inspeccionar los Servicios de Navegación Aérea establecidos en la REPUBLICA ARGENTINA y asegurar que los mismos sean suministrados a los usuarios con el más alto grado de eficiencia técnica y operativa, acorde con las normas y regulaciones nacionales e internacionales en vigencia, e inspeccionar el accionar de las delegaciones regionales.

Que la OACI ha establecido los Elementos Críticos que debe comprender el sistema de vigilancia de la seguridad operacional de cada uno de sus Estados miembros.

Que la OACI, ha incluido, en las Preguntas de Protocolo por sus siglas en inglés “PQ” del...

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