Resolución 327/2015

Fecha de disposición12 Febrero 2015
Fecha de publicación03 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33081



MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 327/2015Bs. As., 12/2/2015

VISTO los Decretos Nros. 1880 de fecha 17 de diciembre de 2011 y 27 de fecha 22 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” fue creado como organismo desconcentrado en la órbita de la ex SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por el Decreto N° 1880 del 17 de noviembre de 2011.

Que su finalidad primordial es el estudio, la ponderación y la enseñanza de la vida y obra de las personalidades de nuestra historia y de la Historia Iberoamericana que obligan a revisar el lugar y sentido que les fuera adjudicado por la historia oficial, escrita por los vencedores de las guerras civiles del siglo XIX.

Que el artículo 5° del Decreto precitado dispuso la integración del Cuerpo Académico del Instituto por TREINTA Y TRES (33) miembros de número, cuyos nombres se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de dicha norma.

Que, asimismo, por el artículo 8° se designó a los integrantes de la Comisión Directiva del Instituto.

Que, a su vez, por Decreto N° 27/2013 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”.

Que, como resulta de público conocimiento, en los últimos meses han presentado su renuncia por diversos motivos varios miembros del Instituto y su Comisión Directiva, incluyendo su Presidente.

Que las circunstancias descriptas imposibilitan el normal funcionamiento del Instituto y el cumplimiento de sus objetivos.

Que, en consecuencia, deviene necesario disponer la intervención del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, así como también la designación de un interventor por un plazo determinado, a los fines de su normalización.

Que el señor Carlos Héctor CARAMELLO reúne el perfil académico y las condiciones necesarias para hacerse cargo de las funciones reseñadas.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (t.o. 1991).

Por ello,

LA MINISTRA

DE CULTURA

RE...

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