Resolución 3246/2014

Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2014



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 3246/2014Bs. As., 12/12/2014

VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios.

Que el Concurso para la producción al que alude la presente resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos proyectos de cine de género fantástico en el ámbito de la producción nacional.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido precedentemente.

Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un convenio con el INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que a tales fines se considera conducente llamar a un Concurso de Cine Fantástico para productoras con antecedentes cuyos proyectos constituyan largometrajes de cine fantástico, entendiéndose el mismo por cine de género de terror, ciencia ficción y/o gore.

Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa se considera oportuna la entrega de parte de la presentación del proyecto en formato digital.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en los citados concursos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Llámese al PRIMER CONCURSO DE CINE FANTASTICO 2015, para productoras con antecedentes, a presentar PROYECTOS de LARGOMETRAJES DE CINE FANTASTICO.

ARTICULO 2°

— Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO DE CINE FANTASTICO 2015 que obra como Anexo I y los Anexos, II, III y IV, todos parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4°

— Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 5°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

PRIMER CONCURSO DE CINE FANTASTICO 2015

CAPITULO 01 DEL OBJETO Artículo 1
Artículo 1° EL INCAA, a través de la Gerencia de Fomento, convoca a empresas productoras y productores presentantes con antecedentes al PRIMER CONCURSO DE LARGOMETRAJES DE CINE FANTASTICO 2015, a presentar proyectos, entendiéndose el mismo por cine de género de TERROR, CIENCIA FICCIÓN Y/O GORE.
CAPITULO 02 DE LA CONVOCATORIA Artículos 2 a 6
Artículo 2° Fíjese un período para la presentación de los proyectos, desde el 22 DE DICIEMBRE DE 2014 hasta el 16 DE MARZO DE 2015, como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.
Artículo 3° Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG.

En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4° Los proyectos deberán presentarse con anterioridad al inicio de rodaje de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 151/2013/INCAA (plan de fomento) y cumplir con las presentes Bases y Condiciones, con sus ANEXOS

Además los proyectos que se presenten deberán contener los requisitos dispuestos en el artículo 2° Resolución N° 151/2013/INCAA (plan de fomento) conforme surge del Anexo II de la presente resolución.

Artículo 5° Los interesados presentantes podrán presentar UN (1) proyecto.

En caso de incumplimiento de lo mencionado precedentemente, el proyecto se tendrá por no presentado y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.

Artículo 6° La Gerencia de Fomento del INCAA examinará las presentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplen todos los requisitos exigidos en la presente Resolución.

En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento, se intimará a los productores presentantes a fin de que completen los requisitos faltantes dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos, a contar desde la notificación de la intimación, ello bajo apercibimiento de tener por no tener presentado el proyecto, lo que operará de pleno derecho vencido dicho plazo.

De encontrarse reunidos los requisitos, la Gerencia de Fomento del INCAA elevará los proyectos para su tratamiento al Jurado, que se crea por el artículo 16° de la presente Resolución.

CAPITULO 03 DE LAS VIAS Artículos 7 y 8
Artículo 7° El presente concurso tendrá DOS (2) VIAS:

1) “PRIMERA VIA DE CINE FANTASTICO” y

2) “SEGUNDA VIA DE CINE FANTASTICO”.

Ambas deben contemplar la creación de un proyecto de CINE FANTASTICO, de estándares aptos para el mercado internacional en condiciones de ser ofertado a un Coproductor Internacional para su producción integral.

Deberán abordar temáticas de cine fantástico y contemplar cine de género de TERROR, CIENCIA FICCIÓN Y/O GORE.

Artículo 8° Los presentantes de...

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