Resolución 324/2021
Fecha de publicación | 16 Junio 2021 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2021
VISTO el EX-2021-32246418- -APN-DGGRH#MT la Ley Nº 27.541 de fecha 23 de diciembre de 2019, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, N° 297 del 19 de marzo de 2020, N° 167 de 11 de marzo de 2021 , Nº 235 de fecha 08 de abril de 2021, Nº 287 de fecha 30 de abril de 2021, Nº 334 de fecha 21 de mayo del 2021, N° 381 de fecha 12 de junio de 2021, y sus normas complementarias, las Decisiones Administrativas N° 390 de fecha 16 de marzo de 2020, N° 427 de fecha 20 de marzo de 2020, Nº 1 de 05 de enero 2021 y sus modificatorias, y Nº 280 de fecha 28 de marzo de 2021, prorrogada por Decisión Administrativa N° 303 de fecha 4 de abril de 2021, la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 3 de fecha 13 de marzo de 2020, la Resolución del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social N° 511 del 18 de junio de 2020, la Resolución del Ministerio de Salud N° 627 de fecha 19 de marzo del 2020 y sus modificatorias, y la Resolución Conjunta del Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 10 del 14 de octubre del 2020, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 23 de diciembre de 2019 la Ley N° 27.541 declaro en la República Argentina la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que con fecha 11 de marzo del 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia.
Que mediante el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541 , por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto.
Que la Resolución N° 3 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 13 de marzo del 2020, estableció que el titular de cada jurisdicción, entidad u organismo deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura permanente en el supuesto del avance de la pandemia.
Que a través del Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020, se dispuso el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” prorrogándose sucesivamente para ciertas regiones del país – de acuerdo a la situación epidemiológica de cada región-, habiéndose incorporado luego, mediante Decreto N° 67 de fecha 29 de enero de 2021 la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO) cuya vigencia se ha prorrogado hasta el presente.Que conforme el Decreto citado y sus modificatorios, se encuentran entre las personas afectadas a servicios declarados esenciales, las autoridades superiores de los Gobierno Nacional y los distintos gobiernos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
Que con fecha 16 de marzo de 2020 mediante...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba