Resolucion 32.096/2007 - Ssn

Fecha de disposición06 Julio 2007
Fecha de publicación06 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31191

DISPOSICIONES Superintendencia de Seguros de la Nación ADHESIONES OFICIALES Resolución 32.096/2007

Auspíciase la convocatoria 'Proyectos de Investigación 2007/2008' organizado por la Fundación de Investigación, Difusión y Enseñanza del Seguro, que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 2/7/2007

VISTO, el Expediente Nº 45.171 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones se tramita la solicitud de auspicio por parte de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION de la convocatoria 'PROYECTOS DE INVESTIGACION 2007/2008' organizado por (F.I.D.E.S.E.G), FUNDACION DE INVESTIGACION, DIFUSION Y ENSEÑANZA DEL SEGURO que se desarrollará en el período del 30 de julio del año 2007 al 1 de octubre del año 2008 en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la importancia de tal convocatoria, radica en el fomento de la investigación científico-tecnológica, constituyendo así una de las bases del conocimiento.

Que tal promoción, contribuirá al mejor desarrollo en el ámbito asegurador, como en la sociedad misma.

Que el auspicio solicitado no implicará erogación alguna al Estado Nacional.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, sobre el proyecto de la presente resolución.

Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 67 Inciso b) de la Ley Nº 20.091, corresponde actuar en consecuencia.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

Artículo 1º

Otórgase el auspicio a la convocatoria 'PROYECTOS DE INVESTIGACION 2007/ 2008' organizado por (F.I.D.E.S.E.G), FUNDACION DE INVESTIGACION, DIFUSION Y ENSEÑANZA DEL SEGURO, que se desarrollará en el período del 30 de julio del año 2007 al 1 de octubre del año 2008 en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2º

Déjase establecido que el presente auspicio no erogará costo fiscal al Estado Nacional.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Miguel Baelo.

Registro Nacional de Armas ARMAS DE FUEGO Disposición 246/2007

Establécese que el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego se iniciará el 10 de julio de 2007. Centros de Recepción.

Bs. As., 5/7/2007

VISTO las prescripciones de la Ley Nº 26.216, los Decretos Nº 483 del 7 de mayo de 2007 y 7 del 11 de enero del 2007 y la Resolución MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1308 del 12 de junio de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3º de la Ley Nº 26.216 se crea el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO indicando, en su artículo 5º, que el mismo consiste en la entrega voluntaria y anónima de armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, en puestos de recepción donde serán inmediatamente inutilizadas, para luego ser destruidas.

Que en el artículo 2º de la citada norma se designa al MINISTERIO DEL INTERIOR como autoridad de aplicación de la misma.

Que a través del Decreto Nº 483 del 7 de mayo de 2007 se ha reglamentado la aplicación de la Ley 26.216.

Que en su artículo 1º...

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