Resolucion 32.572

Fecha de publicación19 Noviembre 2007
Fecha de disposición19 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31284
ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de Ias medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en Piedras Nº 77 PISO 2º 'C' (C.P. 1070) - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 19/11 Nº 563.946 v. 19/11/2007 SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.572 DEL 9 NOV 2007

EXPEDIENTE Nº 11.150. Modificación del estatuto social de METROPOL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Conformar el aumento del capital social y la modificación de los artículos 3º y 6º del estatuto social de METROPOL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA de conformidad con lo aprobado por Asambleas celebradas en fechas 21 de octubre de 2006 y 27 de enero de 2007.

ARTICULO 2º

A los fines establecidos en los artículos y 167º de la Ley 19.550, confiérase intervención a la Inspección General de Justicia.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 721, PB, de la Ciudad de Buenos Aires.

e. 19/11 Nº 563.949 v. 19/11/2007 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'A' 4725. 26/10/2007. Ref.: Circular OPRAC 1 - 610; LISOL 1 - 478; OPASI 2 - 384. Fraccionamiento del riesgo crediticio. Clientes vinculados. Graduación del crédito.

Afectación de activos en garantía. Instrumentos derivados.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

'1. Dejar sin efecto el punto 2. de la Comunicación 'A' 4135 para el cómputo de las operaciones a término --vinculadas o no a pases-- concertadas a partir del 1.11.07.

  1. Incorporar como operaciones comprendidas en el Anexo I y en el Anexo II a la Comunicación 'A' 2140, las concertadas a partir del 1.11.07 que se detallan a continuación:

'Operaciones a término --'forwards'-- vinculadas o no a pases, de futuros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR