Resolucion 31941

Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2007
ARTICULO 2º

Hágase saber a la interesada que la resolución del presente recurso agota la vía administrativa quedando expedita la acción judicial, la que podrá deducirse dentro de los NOVENTA (90) días hábiles judiciales computados a partir de la notificación de la presente resolución.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FELISA MICELI, Ministra de Economía y Producción.

e. 7/5 Nº 544.834 v. 7/5/2007 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 213/2007

Bs. As., 30/4/2007

VISTO el Expediente Nº 001694/2007 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio de Préstamo BIRF Nº 4423-AR, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de Marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y Nº 577 de fecha 07 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 149 del 22 de Febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por el Decreto Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el titular de la Jurisdicción en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente inferior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.).

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de locación de servicios suscriptos ad-referendum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros entre el Director Nacional Alterno del Proyecto (Préstamo BIRF 4423-AR) y los consultores individualizados en el Anexo l de la presente, conforme a los períodos y montos mensuales allí consignados.

Que, previo a dar trámite a las presentes contrataciones se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL de la...

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