Resolución Nº 2.126

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2011

RESOLUCIÓN Nº 2.126

Mendoza, 22 de setiembre de 2011

Visto el Expediente Nº 15162-D-2010-02369, caratulado: "Dirección de Educación Superior s/Modificación de la Norma Provincial de Postítulos Docentes"; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 117-CFE-10 aprueba un nuevo marco normativo

que las Jurisdicciones Provinciales deben tener en cuenta para llevar a cabo los procesos de diseño, implementación, evaluación, aprobación y reconocimiento de postítulos docentes, en el marco de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, y de las Resoluciones Nº 24-CFE-07, 30-CFE-07 y 56-CFE-08;

Que el Instituto Nacional de Formación Docente, organismo del Ministerio de Educación de la Nación, conforme a lo establecido en el artículo 76, inciso "d" de la Ley de Educación Nacional,

es el ente encargado de promover las políticas nacionales para la formación inicial y continua de los docentes;

Que, asimismo, en su artículo 37, se asignan competencias al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la planificación de la oferta de carreras y postítulos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia;

Que la Resolución Nº 30-CFE-07, en sus artículos 1ero.- y 2do.- destaca que

la formación continua de los docentes constituye una función sustantiva del sistema formador que debe desarrollarse en el marco de las Políticas Educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad del desempeño docente y la necesaria ampliación de funciones del Sistema;

Que en el artículo 8vo.-, inciso "h" de la citada Resolución, se especifica el acuerdo por parte de las Jurisdicciones de revisar y adecuar las normas jurídicas del sistema de formación docente a nivel nacional, jurisdiccional e institucional, en atención a lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley de Educación Nacional;

Que, con respecto a los Postítulos Docentes, éstos tienen como objetivo principal brindar a los docentes una formación post-inicial orientada a optimizar el desempeño docente, el ejercicio de nuevos roles y funciones y la profundización y actualización sistemática de conocimientos en los niveles, modalidades y orientaciones del Sistema Educativo previstos en la Ley de Educación Nacional;

Que mediante la Resolución Nº 56-CFE-08, el Consejo Federal de Educación encomendó al Instituto Nacional de Formación Docente la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional y para la formación de nuevos roles dentro del Sistema Educativo;

Que la Resolución Nº 117-CFE-10, aprobada luego de cumplimentarse los procesos de consulta y concertación técnica previstos en los artículos 77 y 139 de la Ley de Educación Nacional, se constituye en el nuevo marco normativo federal que regula aspectos referidos a la planificación y elaboración de ofertas de formación continua, específicamente las ofertas de postítulos docentes, proporcionando así una base regulatoria para que

las jurisdicciones adecuen sus normas locales en la materia, fortaleciendo la cohesión del Sistema;

Que en la Jurisdicción Mendoza rige hasta la fecha la Resolución Nº 1177-DGE-04, mediante la cual se aprobaron las pautas básicas para la elaboración, presentación, evaluación y aprobación de proyectos de Postítulos Docentes, norma que es necesario modificar para garantizar el cumplimiento, en todos sus términos, del "Marco Regulatorio Federal para Postítulos Docentes" que se integra como Anexo en la Resolución Nº 117-CFE-10;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE ESCUELAS

RESUELVE:

Artículo 1º

Establézcase que los Postítulos Docentes constituyen una propuesta académica de Formación Continua, orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, en el marco de las Políticas del Gobierno Escolar de Mendoza, y centrados en la formación para optimizar el desempeño docente.

Artículo 2º

Determínese que, en el marco de la responsabilidad que le compete al Gobierno Escolar de Mendoza, la Dirección de Educación Superior será la encargada de planificar las ofertas de Postítulos Docentes, acorde con las políticas de formación docente continua, en articulación con el conjunto de las políticas del Sistema Educativo Jurisdiccional y Nacional.

Artículo 3º

Determínese que los Postítulos Docentes, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 3ero.- de la Resolución Nº 117-DGE-10, son ofertas de competencia jurisdiccional cuya implementación estará a cargo de los Institutos de Educación Superior de formación docente debidamente inscriptos en el Registro Federal de Instituciones y Ofertas de Formación Docente que desarrollen formación inicial, continua o funciones de Investigación. Asimismo, podrán ser articuladas con las Universidades aquellas ofertas que resulten de interés recíproco.

Artículo 4º

Establézcase que en todos los casos las ofertas de Postítulos Docentes serán ofertas "a término", y su posible renovación quedará sujeta a la evaluación de resultados y a la justificación de la persistencia de las necesidad o problemáticas educativas que dieron lugar a su formación.

Artículo 5º

Apruébense las "Normas Jurisdiccionales para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación y reconocimiento.

de Proyectos de Postítulos Docentes", de acuerdo con lo establecido en el Anexo obrante en la presente Resolución.

Artículo 6º

Encomiéndese a la Dirección de Educación Superior la revisión y adecuación, si fuera pertinente, de las Comisiones ad hoc que deben actuar en.

la evaluación de los Proyectos de Postítulos Docentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6to.- de la Resolución...

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