Resolución 319/2019

Fecha de publicación20 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; el trámite de solicitud del Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados” del INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) y la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo actuado en el Expediente N° 04735-IN, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE ha presentado a esta ARN la solicitud de su Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados”.

Que conforme lo informado por el responsable del Sector de Facturación de esta ARN, el solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria según Factura N° 0001-00051012.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que el solicitante se desempeña en la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RAIOISÓTOPOS, perteneciente a la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), por lo que resulta de interés público el otorgamiento del Permiso Individual solicitado, a fin de no interrumpir el...

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