Resolución 315/2019

Fecha de publicación27 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-14375982-APN-DGD#MTR, las Leyes N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y N° 27.467, los Decretos N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, las Decisiones Administrativas N° 484 de fecha 5 de julio de 2017, N° 505 de fecha 10 de julio de 2017 y N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y se creó el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto N° 174/18, se aprobó la estructura organizativa hasta el Nivel de Subsecretaría de la Administración Pública Nacional centralizada, en la que está contenido el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por Decisión Administrativa N° 306/18, se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE, entre las que se encuentran contenida la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS y la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, ambas dependientes DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18, se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas y se dispuso que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.

Que por el artículo 4° del Decreto mencionado en el párrafo anterior, en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo tercero de la medida podrá exceder...

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