Resolución 222/2011

Fecha de disposición30 Agosto 2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32225

Bs. As., 30/8/2011

\IISTO el Expediente Nº S01:0319459/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010 y las Disposiciones Nros. 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 y sus modificaciones y 151 de fecha 2 de noviembre de 2006, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010 se modificó el nombre del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por el de MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante el Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010, se aprobó la modificación de la composición del MINISTERIO DE INDUSTRIA y se creó la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que por el decreto mencionado ut supra, se aprueba el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en su carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y la Ley Nº 25.300.

Que el Artículo 13 de la Ley Nº 24.467 sustituido por el Artículo 35 de la Ley Nº 25.300, creó la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, con el objeto de brindar asistencia homogénea a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) en todo el Territorio Nacional.

Que, por el artículo citado en el considerando precedente también se dispuso que los contratos de fideicomiso correspondientes al FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) y al FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME) deberán prever una asignación de fondos para la instalación y puesta en marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo por hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-).

Que el Decreto Nº 1.633 de fecha 2 de septiembre de 2002, en sus Anexos I y II, Cláusula Primera, último párrafo, prevé que la asignación de fondos mencionada precedentemente será aportada en forma conjunta por el FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME) y el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), en los plazos y condiciones que establezca el Comité de Administración y el Comité de Inversiones, respectivamente.

Que por la Disposición Nº 114 de fecha 11 de septiembre...

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