Resolución 314 - E.
Fecha de disposición | 31 Octubre 2016 |
Fecha de publicación | 31 Octubre 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 314 - E/2016
Buenos Aires, 16/08/2016
VISTO el Expediente Nº 1.636.036/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 310 del 27 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.636.036/14 obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA, por la parte sindical y la empresa HIDROELÉCTRICA RÍO HONDO SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 833/06 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L Nº 310/16 y registrado bajo el Nº 339/16, conforme surge de fojas 35/37 y 40, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 48/48 vuelta y 49/49 vuelta obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que sin prejuicio de los promedios que se fijan por la presente, resulta oportuno aclarar que mediante Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 355 del 23 de junio de 2016 ha sido fijado el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia a partir del 1° de abril de 2015, correspondientes al Acuerdo N° 309/15 celebrado entre las mismas partes de marras, homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 283 del 12 de mayo de 2016.
Que la presente se dicta en...
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