Resolucion 312

Fecha de disposición30 Julio 2008
Fecha de publicación30 Julio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31457

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 312/2008

Bs. As., 14/7/2008

VISTO que con fecha 17 de marzo de 1995, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (en adelante, ENARGAS) ha dictado la Resolución Nº 139/95 (B.O. 28/3/95), y CONSIDERANDO:

Que en el Expediente ENARGAS Nº 1401, se tramita la solicitud incoada por ANKER BY TOMASETTO DE OSCAR LUIS BOI resultan satisfactorias, por lo que se determina que esa firma ha otorgado debido cumplimiento a la presentación de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en los términos de la Resolución ENARGAS Nº 591/98, y de las garantías patrimoniales establecidas en la Resolución ENARGAS Nº 2592/02 y su modificatoria, la Resolución ENARGAS Nº 2771/02.

Que conforme el Dictamen Jurídico de la Gerencia de Asuntos Legales Nº 735/08 (fs.1803/1804), y en concordancia con lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 139/95 y la normativa vigente para la actividad, es posible concluir que ANKER BY TOMASETTO DE OSCAR LUIS BOI por el término de TRES (3) AÑOS y SEIS (6) MESES a partir del día 7 de julio de 2008, a operar en carácter de PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS PARA GNC (PEC) hasta un máximo de treinta (30) Talleres de Montaje y FABRICANTE DE PARTES Y ACCESORIOS PARA GNC (FAB), conforme lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 139/95, la Resolución ENARGAS Nº 29/07; sus modificatorias y la normativa vigente.

ARTICULO 2º

Renuévesele a ANKER BY TOMASETTO DE OSCAR LUIS BOI deberá cumplir con lo indicado a continuación, bajo apercibimiento de inhabilitación, sin necesidad de previa notificación por parte de este Organismo:

  1. El FABRICANTE deberá liberar al mercado solamente equipos o componentes para GNC, que respondan a las características del prototipo previamente aprobado por medio de un Organismo de Certificación reconocido por el ENARGAS, ello, bajo los lineamientos de la Resolución ENARGAS Nº 2760/02.

  2. Mantener vigente el Certificado de Aptitud Técnica del PEC, extendido por un Organismo de Certificación reconocido por el ENARGAS.

  3. Comunicar al ENARGAS el domicilio de guarda de las 'Obleas Habilitantes', en cada oportunidad que sea modificado, en virtud del carácter de Instrumento Público que éstas representan.

  4. Trabajar en su carácter de PEC, hasta TREINTA (30) 'Talleres de Montaje'.

  5. Utilizar, para el armado del equipo completo para GNC, elementos y componentes aprobados por un Organismo de Certificación reconocido por el ENARGAS.

  6. ...

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