Resolución 3107. RESFC-2018-3107-APN-DI#INAES

Fecha de disposición13 Noviembre 2018
Fecha de publicación13 Noviembre 2018
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 3107/2018

RESFC-2018-3107-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2018

Visto, el Expediente identificado como "EX-2017-28111589-APN-PI#INAES", y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL es el Organismo que ejerce en el ámbito nacional las funciones que le competen como autoridad de aplicación del régimen legal que regula el funcionamiento de las mutuales y cooperativas establecido por las Leyes Nros. 19.331, 20.321 y 20.337 y el Decreto Nº 721/00, sus modificatorias y complementarias, entre las que se encuentra el ejercicio del control público.

Que en ejercicio de las funciones de promoción y control, resulta fundamental adoptar las medidas necesarias para preservar la identidad cooperativa y mutual, en particular de las cooperativas de trabajo.

Que en el marco del ordenamiento normativo que se encuentra llevando a cabo este Instituto, así como los convenios de colaboración e intercambio de información suscriptos con otros Organismos Supervisores, se ha observado que cooperativas de trabajo que son destinatarias de fondos transferidos por el Sector Público (nacional, provincial y/o municipal) a través de convenios específicos que identifican la tarea que debe ser realizada, retiran la totalidad de dichos fondos en efectivo, a través de integrantes de su Comisión o apoderados, lo que no permite verificar que lleguen a sus reales beneficiarios.

Que con el fin de logar una mayor transparencia en la aplicación de los fondos que reciben, así como una mayor inclusión financiera, se estima conveniente y oportuno establecer el requisito de apertura de cuentas individuales para los beneficiarios finales de las cooperativas de trabajo, que reciben fondos públicos, con el objeto que se acredite en las mismas los importes que les corresponden a cada uno de ellos por la labor realizada.

Que a esos efectos, el Banco Central de la República Argentina ha habilitado, para circunstancias como la señalada, la posibilidad de apertura de cajas de ahorro gratuitas en entidades financieras, con la...

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