Resolución 213/2011

Fecha de disposición04 Agosto 2011
Fecha de publicación04 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32206

Jueves 4 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.206 37 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 211/2011

Registro N'º' 354/2011

Bs. As., 23/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 157.444/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N'º' 157.444/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DE SANTA FE, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE ROSARIO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE RAFAELA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CAÑADA DE GOMEZ, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE RUFINO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA (VENADO TUERTO), el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA MERCEDES y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF), por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE —EPESF—, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras se establece la modificación del “Acta Acuerdo sobre Permisos Gremiales”, suscripta en fecha 16 de abril 2007, en los términos que se detallan en sus cláusulas, con vigencia a partir del 1 de enero de 2010.

Que es dable indicar que en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DE SANTA FE, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE ROSARIO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE RAFAELA, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CAÑADA DE GOMEZ, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE RUFINO, el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA (VENADO TUERTO), el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA MERCEDES y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF), por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE – EPESF, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º' 157.444/10.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º' 157.444/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. - Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 157.444/10

Buenos Aires, 30 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 211/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 354/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la ciudad de Santa Fe, a los 8 dÃas del mes de abril de dos mil diez, se reúnen: por la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE âEPESFâ, en adelante LA EMPRESA, representada en este acto por el Directorio de la misma, esto es: Ing. Juan Daniel CANTALEJO, en su carácter de Presidente del Cuerpo; Ing. Andrés PEROTTI, en su carácter de Vicepresidente; y los Vocales: Dra. Leonor VERA; Ing. Ricardo AIRASCA; y Téc. José Luis OVIEDO, conforme Decretos del Poder Ejecutivo Nros. 020/2007 y 222/2008, constituyendo domicilio a todos los efectos en Primera Junta 2558, de esta ciudad y por los SINDICATOS DE LUZ Y FUERZA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, a través de sus representantes con poder suficiente: Walter BERTOIA, en calidad de Secretario Gremial del Sindicato de Luz y Fuerza de SANTA FE, constituyendo domicilio a todos los efectos en JunÃn 2957, de esta ciudad; Alberto BOTTO, en calidad de Secretario Gremial del Sindicato de Luz y Fuerza de ROSARIO, constituyendo domicilio a todos los efectos en Paraguay 1135, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Fernando DURANDO, en calidad de Pro Secretario...

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