Resolución 934/2011

Fecha de disposición03 Agosto 2011
Fecha de publicación03 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32205

Miércoles 3 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.205 26 AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL Resolución N'º' 933/2011

Bs. As., 25/7/2011

VISTO el Expediente N'º' 3623.00.0/06 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y,

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Omar Adelqui BOIERO (D.N.I. N'º' 6.544.800), para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de LABORDE, provincia de CORDOBA, CategorÃa E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N'º' 310/98 modificado por sus similares N'º' 883/01 y N'º' 2/99, reglamentado por Resolución N'º' 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06.

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución N'º' 124/SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirÃan los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.

Que posteriormente, por el artÃculo 2'º de la Resolución N'º' 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas fÃsicas y jurÃdicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artÃculo 4'º inciso d) del Decreto N'º' 310/98, modificado por su similar N'º' 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas.

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de LABORDE, provincia de CORDOBA, estableció los requisitos de forma y de fondo que debÃan reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

Que las áreas competentes de este organismo han evaluado los diversos aspectos de la propuesta presentada, practicando un detallado análisis de la misma con relación a las condiciones y requisitos antes citados.

Que, del Informe elaborado por la Dirección de Normalización se colige que el peticionante ha dado debido cumplimiento a los extremos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones referido.

Que del informe sobre el aspecto cultural y de programación elaborado por la Coordinación de Espectro y Normativa se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Que, por otro lado, la Dirección General de Administración de Finanzas y Recursos Humanos ha concluido que no se ha dado cumplimiento con todos los requisitos establecidos por el artÃculo 6'º del Pliego de Bases y Condiciones, no acreditando el origen de los fondos, y su situación fiscal y previsional.

Que asimismo el peticionante no ha acompañado las boletas de depósito que acrediten la cancelación del total del valor por la compra del pago del Pliego de Bases y Condiciones.

Que a pesar de habérsele requerido al peticionante la documentación faltante a fin de subsanar las deficiencias señaladas anteriormente, éste no la acompañó.

Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución N'º' 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por el señor BOIERO, no se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que la misma resulta, por ello, inadmisible.

Que el artÃculo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto N'º' 1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes.

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artÃculo 12 inciso 11) de la Ley N'º' 26.522 y el artÃculo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto N'º' 1225 de 31 de agosto de 2010.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Recházase la solicitud presentada por el señor Omar Adelqui BOIERO (D.N.I. N'º' 6.544.800), de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, CategorÃa E, de la localidad de LABORDE, provincia de CORDOBA, en atención a las razones expuestas en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2

'º — ComunÃquese lo resuelto en la presente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y archÃvese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio,

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 03/08/2011 N'º' 94460/11 v. 03/08/2011 AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL Resolución N'º' 934/2011

Bs. As., 25/7/2011

VISTO los Expedientes números 15.00.0/06 y 15.01.0/06 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y CONSIDERANDO:

Que en las mencionadas actuaciones tramita el Concurso...

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