Resolución 309/2019

Fecha de publicación29 Julio 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO
Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2019

VISTO el EX-2018-66736208--APN-DGDMT#MPYT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el orden N° 7 del EX-2018-66736208--APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT, por la parte sindical, y la CÁMARA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS y la CÁMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen un aporte a cargo de los trabajadores petroleros afiliados a la Obra Social de Trabajadores del Petróleo y Gas Privado del Chubut, con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 30 de abril de 2019, previa autorización expresa del trabajador.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que en tal sentido, se deja expresamente aclarado que el presente acuerdo será de aplicación únicamente a los trabajadores petroleros afiliados a la Obra Social de Trabajadores del Petróleo y Gas Privado del Chubut, representados por la entidad sindical firmante, previa conformidad expresa de los mismos.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las...

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