Resolución 307/2020

Fecha de publicación21 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-79786151- -APN-DGD#MTR, las Leyes N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), N° 24.051, N° 24.385, N° 25.675 y N° 27.419 y sus modificatorias, el Decreto N° 949 de fecha 26 de noviembre de 2020; y el Convenio N° CONVE-2020-58867791-APN-DGD#MTR del 28 de agosto de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.385 se aprobó el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná (Puerto de Cáceres-Puerto de Nueva Palmira) suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA, la REPÚBLICA DE BOLIVIA, la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPÚBLICA DEL PARAGUAY y la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, en fecha 26 de junio de 1992.

Que por la Ley N° 27.419 se establece el régimen de desarrollo de la marina mercante nacional y la integración fluvial regional, que tiene el objeto de fomentar la integración regional en las áreas de influencia de los ríos Paraguay y Paraná, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay Paraná, así como del río Uruguay y los espacios marítimos; desarrollar y hacer crecer sustentablemente la flota mercante de bandera nacional, mediante el mejoramiento de su competitividad y el aumento de la demanda de fletes más económicos; y consolidar e incrementar la participación de la flota mercante argentina en los fletes generados: 1) por el cabotaje nacional; 2) por los tráficos bilaterales y multilaterales comprendidos en acuerdos suscriptos por la REPÚBLICA ARGENTINA; y 3) por los tráficos internacionales, en particular, el aumento de su participación en el tráfico de la Hidrovía Paraguay Paraná y el río Uruguay.

Que tomó intervención la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante el Informe N° IF-2020-86322748-APN-UGA#MTR de fecha 11 de diciembre de 2020 en el que señaló que para la REPÚBLICA ARGENTINA la Hidrovía Paraguay-Paraná, y en particular el Sistema Navegable Troncal, en su extensión desde el Océano Atlántico hasta Confluencia, ha resultado un elemento clave para el desarrollo exportador.

Que, en efecto, en dicha intervención indicó que, actualmente, la Hidrovía constituye la opción de transporte más relevante de nuestra producción agrícola, tanto de graneles sólidos como líquidos; por ella circula más del noventa por ciento de la mercadería transportada en contenedores (Puerto de Buenos Aires y Terminal Dock Sud); la carga de nuestra industria automotriz (Puerto de Zarate); de la industria metalúrgica, en particular su...

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