Resolucion 305

Fecha de disposición08 Mayo 2008
Fecha de publicación08 Mayo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31400

Registro Nº 233/2008

Bs. As., 26/3/2008

VISTO el Expediente Nº 663/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 3 suscripto entre la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.) y la ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS (A.E.F.I.P), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo luce a fojas 4 otro Acuerdo celebrado por la misma parte empresaria conjuntamente con la entidad gremial SINDICATO UNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que corresponde dejar constancia que por la Resolución MTEySS Nº 839 de fecha 4 de septiembre de 2006 se ha aprobado el texto del Estatuto social según el cual la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (A.E.D.G.I.) pasa a denominarse ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS (A.E.F.I.P), siendo esta última, la actual denominación de la asociación sindical suscriptora del Acuerdo precitado en el párrafo primero.

Que en cuanto al contenido del acuerdo de fojas 3 se señala que pacta la modificación del Artículo 11 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo Nº 15/91 y en cuanto al instrumento convencional de fojas 4 los firmantes proceden a modificar el Artículo 7 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 56/92 'E' - Laudo Nº 16/92.

Que debe tenerse presente que, por ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad han tramitado anteriores actuaciones de las precitadas partes de donde surge que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.) cuenta con facultades expresas para disponer de sus recursos en proyectos, programas y actividades y asimismo, para celebrar acuerdos y convenios colectivos de trabajo.

Que se destaca al respecto que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 56/92 'E' Laudo Nº 16/92 y el Laudo Nº 15/91, cuyos artículos se modifican por los mentados acuerdos han sido oportunamente alcanzados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS por el sector empleador y el SINDICATO UNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, en tanto que el segundo lo ha sido entre la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA SECRETARIA DE HACIENDA por la parte empleadora y la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA por la sindical.

Que de lo expuesto surge la legitimidad de las partes para alcanzar, dentro de su capacidad negocial y en el marco de cada uno de los plexos convencionales que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR