Resolución 304/2022
Fecha de publicación | 02 Enero 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE HACIENDA |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022
Visto el expediente EX-2022-128923328- -APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, los decretos 866 del 28 de mayo de 1992 y 1344 del 4 de octubre de 2007 y la resolución 891 del 23 de julio de 1992 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 se aprobó el “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156” como anexo al artículo 1° de la citada medida, el cual establece en su artículo 14 los clasificadores de gastos y recursos utilizados en el proceso presupuestario.
Que a través del decreto 866 del 28 de mayo de 1992 se aprobaron los clasificadores por Objeto del Gasto, por Rubro de los Recursos y por Finalidades y Funciones.
Que mediante la resolución 891 del 23 de julio de 1992 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos se aprobaron los Clasificadores Institucional, Geográfico, por Fuente de Financiamiento, Económico de los Recursos, Económico de los Gastos, y las correspondientes metodologías para la confección de la Clasificación Económica de los Gastos y de los Recursos.
Que en el artículo 4° del mencionado decreto 866/1992 se faculta a esta Secretaría de Hacienda a dictar las normas de interpretación como así también a determinar, en los documentos presupuestarios, los niveles de apertura de cada uno de los clasificadores aprobados por dicho decreto.
Que mediante el artículo 6º de la citada resolución 891/1992 se faculta a esta Secretaría de Hacienda a dictar las normas de interpretación y a realizar aperturas y ampliaciones en los clasificadores aprobados por dicha resolución.
Que la Clasificación Institucional del Presupuesto Nacional es válida para todas las transacciones, ordenando los recursos y los gastos de acuerdo con la estructura organizativa del Sector Público Nacional, por lo tanto su dinámica propia requiere de permanente actualización, por lo que resulta procedente su inclusión en la presente medida.
Que la Clasificación de los Recursos por Rubros ordena, agrupa y presenta a los recursos públicos en función de diferentes tipos que distinguen las fuentes tradicionales como los impuestos, las tasas, los derechos, los aportes y contribuciones a la seguridad social y los ingresos por transferencias; los que proceden del patrimonio público como la venta de...
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