Resolución 3033/2022

Fecha de publicación16 Agosto 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 08/07/2022

VISTO, el EX-2022-66135009-APN-CRNCYM#INAES y la RESFC-2021-1000-APN-DI#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución INAES N.° 1000/2021 se creó el certificado de vigencia automático y gratuito para las cooperativas y mutuales micro y pequeñas comprendidas en el Artículo 1° de la citada resolución.

Que el mencionado certificado se encuentra disponible y es de consulta pública en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL.

Que tras más de once meses de utilización ha probado ser una herramienta que posibilita a las entidades, de manera gratuita y rápida, emitir un documento de validez que les permite acreditar que su matrícula se encuentra vigente ante otras esferas estatales y privadas.

Que asimismo coadyuva al interés público tutelado por este Organismo, brinda seguridad a las cooperativas, a las mutuales y a los destinatarios de esos certificados, pues permite verificar en tiempo real su autenticidad y vigencia a través del código que llevan impreso y los vincula con los sistemas del Instituto.

Que las razones antes expresadas demuestran la conveniencia de extender su aplicación a todas las cooperativas y mutuales registradas en este Organismo e incorporar, para estas últimas, los reglamentos de servicios aprobados por esta autoridad de aplicación.

Que ello posibilitará, además, una mayor celeridad en el trámite en favor de las entidades y evitará un dispendio de recursos al interior del Instituto.

Que desde la implementación de la Resolución Conjunta N.° 4860/2020 AFIP-INAES, las cooperativas y mutuales cuentan, desde el otorgamiento de su personería jurídica, con Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) para realizar el trámite de obtención del certificado de vigencia de matrícula por lo que esta situación facilita aún mas la fiscalización y promoción de dichas entidades al permitirle al Instituto poder emitir automáticamente un certificado de estas características.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 19331, 20321, 20337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00, 1192/02, sus modificatorios y complementarios,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE...

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