Resolución 303.

Fecha de disposición23 Junio 2016
Fecha de publicación23 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 303/2016

Bs. As., 16/06/2016

VISTO la Resolución MC N° 117/16 recaída en el expediente MC N° 1621/16 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el visto se creó el Programa "Red de Ciudades Creativas", en el ámbito de la Dirección Nacional de Industrias Creativas dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa.

Que en ese marco se aprobó la convocatoria al CERTAMEN NACIONAL DE CIUDADES CREATIVAS, así como su Reglamento de Bases y Condiciones.

Que a fin de asegurar la transparencia y correcta evaluación de las postulaciones recibidas, se ha conformado un Jurado de especialistas de acuerdo a las pautas establecidas en el punto 4 de las citadas Bases y Condiciones.

Que el mencionado Jurado ha realizado una evaluación seria, exhaustiva y con un amplio sentido federal, resultando seleccionados la nómina de Municipios detallada en el acta suscripta como prueba de lo actuado y que como ANEXO integra la presente resolución.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presenta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos N° 101/85 y 392/86, en lo establecido mediante Decreto N° 357/02 y sus modificatorios; y en el marco de los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO

DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Convalidar la conformación del jurado correspondiente al CERTAMEN NACIONAL RED DE CIUDADES CREATIVAS, integrado por Diana SEGOVIA (Gerente Institucional de la Cámara Argentina del Libro) DNI 23.800.292, Juan Manuel ARANOVICH (Director del Club Cultural Matienzo) DNI 29.250.258, Miguel JURADO (periodista y arquitecto) DNI 12.401.191, Ralph HAIEK (Vicepresidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales) DNI 13.736.003 y Andrés GRIBNICOW (Subsecretario de Economía Creativa) DNI 23.952.369.

ARTÍCULO 2°

Apruébase el acta con la nómina de orden de mérito, de municipios seleccionados y suplentes, y la fundamentación a dicha acta suscriptas por el Jurado cuya conformación se aprueba por el artículo 1°, que como Anexo integra la presente medida.

ARTÍCULO 3°

Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, archívese. -- Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ACTA

En la...

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