Resolución 197/2011

Fecha de disposición21 Julio 2011
Fecha de publicación21 Julio 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32196

Jueves 21 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.196 21

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 196/2011

Registro N'º' 345/2011

Bs. As., 21/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.427.749/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.427.749/11, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES —CAVEA— por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo precitado las partes convienen el pago de una suma no remunerativa por única vez, para los trabajadores de la plantilla de cada empresa concesionaria de verificación técnica vehicular (V.T.V.), comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 594/10, de conformidad con lo expresamente pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la entidad empresaria signataria y de la organización sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y acreditaron fehacientemente la representación que invisten.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES —CAVEA— por el sector empleador, obrante a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.427.749/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.427.749/11.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 594/10.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.427.749/11

Buenos Aires, 23 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 196/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 345/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación. – D.N.R.T.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 18 dÃas del mes de enero de 2011, se reúnen los representantes de S.M.A.T.A., Sr. Subsecretario Gremial Gustavo Morán, el Sr. Héctor Paredes y el Sr.

Ricardo J. De Simone, con domicilio en Av. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra parte los representantes de C.A.V.E.A., Sr. MartÃn Serrano, Sr. Guillermo Fernández Boan, Sr. Oscar Pérez y Srta. AnalÃa Sánchez, y con relación a la C.C.T. N'º' 594/10, y considerando la situación excepcional de concurrencia por la que están atravesando las plantas de verificación técnica vehicular, de común acuerdo CONVIENEN:

PRIMERO: Los trabajadores convencionados de la plantilla de cada empresa concesionaria V.T.V., cuyo ingreso a las respectivas empresas se hubiera producido hasta el dÃa 30 (treinta) del mes de junio del año 2010 percibirán una suma fija, por única vez, no remunerativa, de pesos SETECIENTOS ($' 700.-).

SEGUNDO: Los trabajadores convencionados de la plantilla de dichas empresas, cuyo ingreso a las respectivas empresas se hubiera producido a partir del...

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