Resolución 946/2011

Fecha de disposición19 Julio 2011
Fecha de publicación19 Julio 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32194

Martes 19 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.194 10

EDELAP S.A.

Distribuidora EnergÃa Total facturada perÃodo actual (en MWh) (*) Ahorro (en MWh) Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del perÃodo base) (en MWh) (**) Ahorro Neto (en mwh) Totales 114.625 13.576 30.457 -16.881

Residencial 59.558 8.071 15.658 -7.587

Generales G1 6.721 2297 1.664 633

Generales G2 5.295 369 1.748 -1.379

Generales G3 2.153 53 1.014 -961

T2 8.930 1.002 2244 -1.242

T3B 9.468 926 2.146 -1.220

T3M 16.768 705 3.965 -3.260

PB 1.147 99 345 -246

PM 4.586 53 1.672 -1.619

PA 0 0 0 0

Referencia:

(*): neta de usuarios excluidos (**): del perÃodo base TR y TG año 2003 – T2 y T3 año 2004 La DGA efectuará quincenalmente la rendición a la Coordinación Nacional de los pagos abonados a distintos beneficiarios; y como complemento de dicha operatoria se informará la disponibilidad financiera para la determinación de los montos con relación a los porcentajes preestablecidos que se le asignarán a las provincias.

La autoridad de aplicación determinará el porcentaje que se asignará para los Gastos Operativos (GO) en los POA para cada ejercicio presupuestario. Estos gastos también serán administrados por la DGA”.

Art. 2

'º — ComunÃquese a las Unidades Ejecutoras de las Provincias adheridas a la Ley N'º' 26.141, a través de la Coordinación Nacional del citado Régimen.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Julián A. DomÃnguez.

Ministerio del Interior BOMBEROS VOLUNTARIOS Resolución 946/2011

Reconócese a una entidad en el Registro de Entidades de Bomberos Voluntarios y Organizaciones no Gubernamentales.

Bs. As., 14/7/2011

VISTO el Expediente N'º' S02-0007228/2011 del registro de este Ministerio; la Ley N'º' 25.054;

el Decreto N'º' 159 del 5 de junio de 2003 y su modificatorio el Decreto N'º' 15 del 6 de enero de 2004; el Decreto N'º' 1067 del 20 de agosto de 2004; el Decreto N'º' 1697 del 1'º de diciembre de 2004; la Resolución N'º' 420 del 15 de mayo de 2003 del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N'º' 2034 del 17 de noviembre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley N'º' 25.054 en su artÃculo 8'º establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace.

Que el Decreto N'º' 1067/2004 transfirió la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus estructuras organizativas y funciones.

Que de acuerdo a las misiones y funciones aprobadas en la estructura...

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