Resolucion 942/2007 - Se

Fecha de disposición21 Septiembre 2007
Fecha de publicación21 Septiembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31244

2007, el plazo establecido en el artículo 1º de la Resolución 824/06-S.S. Salud.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, notifíquese al Registro Nacional de Prestadores y oportunamente archívese. -- Héctor A.

Capaccioli.

Secretaría de Transporte TRANSPORTE AEROCOMERCIAL Resolución 600/2007

Autorízase a la empresa de bandera brasileña VRG Linhas Aéreas S.A., a explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga en determinadas rutas.

Bs. As., 19/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0018323/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la empresa de bandera brasileña VRG LINHAS AEREAS S.A. solicitó autorización para operar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga en las rutas RIO DE JANEIRO (GALEAO - REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - BUENOS AIRES (EZEIZA - REPUBLICA ARGENTINA) y viceversa y SAN PABLO (GUARULHOS - REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - BUENOS AIRES (EZEIZA - REPUBLICA ARGENTINA) y viceversa, con los puntos intermedios y más allá otorgados bilateralmente a partir del Acuerdo de Transporte Aéreo firmado entre ambos países el 2 de junio de 1948.

Que la operatoria propuesta se encuentra contemplada en el Acta de la Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la REPUBLICAARGENTINA y de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL del 19 de octubre de 2006, que constituye el marco bilateral que rige las relaciones aerocomerciales entre ambos países y autoriza a las líneas aéreas designadas por cada Parte Contratante a realizar hasta CIENTO TREINTA Y TRES (133) frecuencias semanales sin limitación de equipo en servicios combinados dentro del Plan de Rutas acordado, comprendiendo servicios regionales y de largo recorrido.

Que el transportador ha sido designado por el Gobierno de su país para efectuar servicios requeridos regulares entre la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y la REPUBLICAARGENTINA, en los términos del Acuerdo sobre Servicios Aéreos celebrado entre los dos países, en sustitución de la empresa VIACAO AEREA RIO GRANDENSE S.A. (VARIG).

Que asimismo, la empresa ha acreditado los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente.

Que en consecuencia, no observándose inconvenientes para la explotación de las prestaciones solicitadas, se hace necesario dictar la norma administrativa que haga efectivo el otorgamiento de tales servicios a favor de la compañía aérea de bandera brasileña, de conformidad con lo convenido bilateralmente con el vecino país y en ejercicio de las competencias que normativamente corresponden a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente resolución se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142/2003 y por el...

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