Resolución 606/2011

Fecha de disposición15 Julio 2011
Fecha de publicación15 Julio 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32192

Viernes 15 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.192 4 Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 606/2011

Declárase el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Salta, a los efectos de la aplicación de la Ley N'º' 26.509.

Bs. As., 13/7/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0078215/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N'º' 26.509 y su Decreto Reglamentario N'º' 1712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011 de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de SALTA, mediante el Decreto N'º' 85 de fecha 11 de enero de 2011, declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 01 de noviembre de 2010 y hasta el 31 de octubre de 2011, a los productores cuyas plantaciones de garbanzo, trigo, sandÃa y coreanito del Municipio de El Quebrachal, del Departamento de Anta, que fueron afectadas por granizo; a los productores de ganado bovino, del Departamento Rivadavia, afectados por sequÃa y a los productores cuyas plantaciones de tomate, cebolla, sandÃa, melón, zapallito de tronco, angolita, berenjena y coreanito a cielo abierto del Municipio de General Pizarro, del Departamento de Anta, que fueron afectadas por granizo.

Que la Provincia de SALTA presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011, la correspondiente solicitud para que se declare dentro de los términos de la Ley N'º' 26.509 la situación de emergencia y/o desastre agropecuario según corresponda, indicada en el primer considerando.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N'º' 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que es necesario establecer el perÃodo por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos de las actividades afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los ArtÃculos 22 y 23 de la Ley N'º' 26.509.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que el ciclo de las producciones afectadas en la solicitud de la Provincia de SALTA finalizará el 31 de octubre de 2011 para las actividades y zonas indicadas en el citado Decreto Provincial N'º' 85/11.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificaciones y el ArtÃculo 5'º del Anexo del Decreto N'º' 1712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â A los efectos de la aplicación de la Ley N'º' 26.509: Dase por declarado en la Provincia de SALTA el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR