Resolución 300/2020
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO |
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-31167478- -APN-DGD#MRE, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, y el Decreto N° 1973 del 20 de octubre de 1986 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias compete a este Ministerio entender en la organización del Servicio Exterior de la Nación y en el ingreso, capacitación, promoción y propuestas de ascensos de sus integrantes que se realicen al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Que asimismo, el artículo 81 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias establece que el INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN constituye el organismo único de selección, formación e incorporación del personal para el cuerpo permanente activo del Servicio Exterior de la Nación y tiene como misión fundamental afirmar y desarrollar la vocación profesional, los principios éticos y morales y la convicción patriótica que informan la conducta de los aspirantes a integrantes del Servicio Exterior de la Nación.
Que, a su vez, el inciso a) del artículo 82 de la ley citada en el considerando precedente dispone que el INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN complementa su cometido con sujeción a la misión señalada en el artículo 81, mediante la selección –por el medio que establezca la reglamentación– de los candidatos a ingreso al Instituto, los que deben reunir las condiciones establecidas en el artículo 11 de la citada ley, ser menores de TREINTA Y CINCO (35) años de edad y poseer título universitario, de validez nacional en disciplinas afines con la carrera.
Que, del mismo modo, el artículo 82 del Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, aprobado como Anexo por el Decreto N° 1973/86 y sus modificatorios, establece que estará a cargo exclusivo del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN organizar los llamados a concurso para ingresar en el Servicio Exterior y establecer los requisitos para presentarse al mismo.
Que el inciso a) del artículo 82 del Reglamento citado en el considerando anterior dispone que la selección para el ingreso en el INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN se efectuará mediante una convocatoria anual que se realizará a través del dictado de una Resolución Ministerial y que el...
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