Resolución 30-E.

EmisorMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017

Resolución 30-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2017

VISTO el Expediente Electrónico N° EX -2017-03718984- -APN-SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 13 del 5 de enero de 2016, 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016, 888 del 22 de julio de 2016 y 1131 del 28 de octubre de 2016, la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009 y las Resoluciones Nros. 22-E del 7 de octubre de 2016, 44- E del 30 de diciembre de 2016 y 29 del 8 de marzo de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a entender en las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos transversales y sistemas centrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL instrumentado sobre una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el citado Decreto Nro. 434 del 1° de marzo de 2016 establece como segundo eje del PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, la Gestión Integral de los Recursos Humanos, e identifica como instrumento al Registro Único de Personal y Prestadores Informatizado, previendo la implementación del Legajo Único Personal Informatizado...

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