Resolución 30/2019

Fecha de publicación23 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
VISTO el Expediente EX-2019-10330035-APN-GACM#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, N° 26.773, N° 27.348, los Decretos N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, N° 2.104 y N° 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, N° 1.475 de fecha 29 de julio de 2015, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, N° 1.329 de fecha 27 de septiembre de 2011, N° 326 de fecha 13 de marzo de 2017, N° 735 de fecha 07 de julio de 2017, N° 888 de fecha 29 de septiembre de 2017, N° 23 de fecha 28 de marzo de 2018, N° 45 de fecha 23 de mayo de 2018, N° 65 de fecha 2 de agosto de 2018, N° 6 de fecha 28 de septiembre de 2018, N° 26 de fecha 11 de diciembre de 2018, N° 6 de fecha 23 de enero de 2019, N° 19 de fecha 21 de marzo de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Ley Nº 24.241, texto modificado por la Ley Nº 24.557, determina que las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central deben estar integradas por CINCO (5) profesionales médicos cuya selección debe realizarse por Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

Que mediante la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 19 de fecha 21 de marzo de 2019, se aprobaron las Bases Generales como norma marco para convocar a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de médicos vacantes y para integrar el Listado de Médicos Reemplazantes en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

Que en el Anexo I IF-2019-16981382-APN-GACM#SRT de la resolución citada en el considerando precedente, se estableció el cronograma del desarrollo del Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

Que ahora bien, atento a la escasez de presentaciones realizadas, la Subgerencia Administrativa y Técnica dependiente de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas advirtió la necesidad de ampliar dicho plazo a fin de contar con una mayor cantidad de postulaciones y, de esta manera, proporcionar la posibilidad de que el Listado de Médicos Reemplazantes quede conformado por una cantidad de médicos tal que garantice a la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas poder contar con los profesionales necesarios para atender las necesidades de cada jurisdicción. Ello, teniendo en cuenta que la fecha límite para el despacho por correo o la presentación por Mesa de Entradas de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR